¿Cuándo hay que presentar el formulario CETA?

¿Cuándo hay que presentar el formulario CETA?

Debes presentar el formulario CETA cuando hayas vendido un vehículo usado y registrado en Argentina por un valor igual o superior a $2.400.000.

¿Cuándo hay que presentar el formulario CETA?

Debes presentar el formulario CETA en caso de haber vendido un vehículo usado y registrado en Argentina por un valor igual o superior a $2.400.000, incluyendo automóviles, camiones, camionetas, rurales, jeeps, furgones de reparto, ómnibus, microómnibus, colectivos, remolques, acoplados, motocicletas, ciclomotores, motonetas, motocarros, triciclos y cuatriciclos con motor.

También están obligados a hacerlo las sucesiones indivisas y las personas jurídicas titulares del dominio, del país o residentes en el exterior, así como en los casos de cesión de derechos a favor de compañías aseguradoras en situaciones de robo o hurto del bien asegurado.

¿A partir de que monto se hace el ceta? El CETA se hace a partir de un monto de $2.400.000 si vendiste un vehículo usado y registrado en Argentina. Es obligatorio presentar el formulario en este caso.

¿Cuando no corresponde CETA?

Quedan excluidos de la obligación de presentar el CETA:

  • Maquinarias autopropulsadas como tractores, cosechadoras, grúas y maquinarias viales utilizadas en actividades agrícolas.
  • Transferencias realizadas a través de subastas judiciales, sentencias o resoluciones judiciales.
  • El Estado nacional, provincial o municipal, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Misiones diplomáticas permanentes acreditadas, agentes consulares y otros representantes oficiales de países extranjeros.
  • Instituciones religiosas comprendidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

¿Qué necesito para el tramite del CETA?

Para realizar el trámite del CETA, se necesitan los siguientes elementos:

  • Identificación del vehículo: número de dominio, marca, modelo, fábrica y tipo.
  • Valor de la transferencia.
  • Información del vendedor: apellidos y nombres o denominación, CUIT, CUIL y/o CDI, y porcentaje de titularidad del vehículo.
  • Información del comprador: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, CUIL y/o CDI, y porcentaje de titularidad sobre el vehículo.
  • En el caso de transferencias preventivas, se debe presentar una Solicitud Tipo 15 – Cesión de Derechos a favor de compañías aseguradoras, en caso de robo o hurto.
  • Si se actúa como representante legal de personas residentes en el exterior, se necesita la Clave Fiscal.

¿Cómo hacer un CETA paso a paso?

Existen dos formas de realizar el trámite del CETA:

  1. Por Internet y sin clave fiscal:
  2. Antes de transferir el vehículo, accedé a la página de AFIP.
  3. Completá los datos requeridos por el sistema y confirmá el proceso de carga.
  4. Proporcioná un correo electrónico para recibir el resumen del trámite.
  5. Cuando recibas el resumen del trámite por correo electrónico, hacé clic en ENTER para aceptar. Finalmente, validá todo el procedimiento.

Por Internet y con clave fiscal:

  1. Los representantes legales de personas residentes en el exterior solo podrán realizar el trámite de esta forma.
  2. Ingresá al sitio de AFIP con tu clave fiscal.
  3. Accedé al servicio Transferencia de Bienes Muebles Registrables – Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y completá los datos requeridos por el sistema.

Para iniciar el trámite, podés acceder al siguiente enlace: https://cetaweb.afip.gob.ar/#/

¿Quién tiene que realizar el CETA? ¿La parte compradora o vendedora?

La obligación de realizar el CETA recae en la parte vendedora cuando el precio acordado para la transferencia del vehículo supere el valor mencionado o el indicado en la tabla de valuaciones de la DNRPA. En el caso de transferencias parciales, se debe considerar el precio pactado o la proporción del valor según la porción del bien transferido.


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