
Debes presentar el formulario CETA cuando hayas vendido un vehículo usado y registrado en Argentina por un valor igual o superior a $2.400.000.
¿Cuándo hay que presentar el formulario CETA?
Debes presentar el formulario CETA en caso de haber vendido un vehículo usado y registrado en Argentina por un valor igual o superior a $2.400.000, incluyendo automóviles, camiones, camionetas, rurales, jeeps, furgones de reparto, ómnibus, microómnibus, colectivos, remolques, acoplados, motocicletas, ciclomotores, motonetas, motocarros, triciclos y cuatriciclos con motor.
También están obligados a hacerlo las sucesiones indivisas y las personas jurídicas titulares del dominio, del país o residentes en el exterior, así como en los casos de cesión de derechos a favor de compañías aseguradoras en situaciones de robo o hurto del bien asegurado.
¿A partir de que monto se hace el ceta? El CETA se hace a partir de un monto de $2.400.000 si vendiste un vehículo usado y registrado en Argentina. Es obligatorio presentar el formulario en este caso.
¿Cuando no corresponde CETA?
Quedan excluidos de la obligación de presentar el CETA:
- Maquinarias autopropulsadas como tractores, cosechadoras, grúas y maquinarias viales utilizadas en actividades agrícolas.
- Transferencias realizadas a través de subastas judiciales, sentencias o resoluciones judiciales.
- El Estado nacional, provincial o municipal, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Misiones diplomáticas permanentes acreditadas, agentes consulares y otros representantes oficiales de países extranjeros.
- Instituciones religiosas comprendidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
¿Qué necesito para el tramite del CETA?
Para realizar el trámite del CETA, se necesitan los siguientes elementos:
- Identificación del vehículo: número de dominio, marca, modelo, fábrica y tipo.
- Valor de la transferencia.
- Información del vendedor: apellidos y nombres o denominación, CUIT, CUIL y/o CDI, y porcentaje de titularidad del vehículo.
- Información del comprador: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, CUIL y/o CDI, y porcentaje de titularidad sobre el vehículo.
- En el caso de transferencias preventivas, se debe presentar una Solicitud Tipo 15 – Cesión de Derechos a favor de compañías aseguradoras, en caso de robo o hurto.
- Si se actúa como representante legal de personas residentes en el exterior, se necesita la Clave Fiscal.
¿Cómo hacer un CETA paso a paso?
Existen dos formas de realizar el trámite del CETA:
- Por Internet y sin clave fiscal:
- Antes de transferir el vehículo, accedé a la página de AFIP.
- Completá los datos requeridos por el sistema y confirmá el proceso de carga.
- Proporcioná un correo electrónico para recibir el resumen del trámite.
- Cuando recibas el resumen del trámite por correo electrónico, hacé clic en ENTER para aceptar. Finalmente, validá todo el procedimiento.
Por Internet y con clave fiscal:
- Los representantes legales de personas residentes en el exterior solo podrán realizar el trámite de esta forma.
- Ingresá al sitio de AFIP con tu clave fiscal.
- Accedé al servicio Transferencia de Bienes Muebles Registrables – Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y completá los datos requeridos por el sistema.
Para iniciar el trámite, podés acceder al siguiente enlace: https://cetaweb.afip.gob.ar/#/
¿Quién tiene que realizar el CETA? ¿La parte compradora o vendedora?
La obligación de realizar el CETA recae en la parte vendedora cuando el precio acordado para la transferencia del vehículo supere el valor mencionado o el indicado en la tabla de valuaciones de la DNRPA. En el caso de transferencias parciales, se debe considerar el precio pactado o la proporción del valor según la porción del bien transferido.
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